Gasto por Capítulo,
Concepto y Partida |
a69_f31_a |
Cada uno de los sujetos obligados debe publicar y
actualizar la información contable registrada en su Sistema de Contabilidad
Gubernamental (SCG), en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, el Acuerdo por el que se emite el Marco Conceptual de
Contabilidad Gubernamental publicado en el DOF el 20 de agosto de 2009 y
demás normatividad aplicable. |
Ejercicio |
Fecha de inicio
del periodo que se informa |
Fecha de
término del periodo que se informa |
Clave del
capítulo, con base en la clasificación por objeto del gasto |
Clave del
concepto, con base en la clasificación por objeto del gasto |
Clave de la
partida, con base en la clasificación por objeto del gasto |
Denominación
del capítulo, concepto y partida |
Gasto aprobado
por capítulo, concepto y partida |
Gasto
modificado por capítulo, concepto y partida |
Gasto
comprometido por capítulo, concepto y partida |
Gasto devengado
por capítulo, concepto y partida |
Gasto ejercido
por capítulo, concepto y partida |
Gasto pagado
por capítulo, concepto y partida |
Justificación
de la modificación del presupuesto, en su caso |
Hipervínculo al
Estado analítico del ejercicio del Presupuesto de Egresos |
Área(s)
responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la
información |
Fecha de
Actualización |
Nota |
2024 |
01/04/2024 |
30/06/2024 |
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Dirección de
Administración (CECYTEH) |
10/07/2024 |
De
conformidad con el art. 51 Ley General de Contabilidad Gubernamental, que a
la letra dice "La información financiera que generen los entes públicos
en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por
cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas
electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período
que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia
que les sean aplicables, y en su caso, de los criterios que emita el
Consejo..." la información
contable presupuestal será actualizada una vez realizado el cierre
correspondiente. |